Para la profesora Andrea Mac Donald, el acoso laboral puede definirse como "aquel
proceso psicológico sistemático, integrado por la ejecución de una serie de estrategias
empleadas por una o varias personas integrantes de una organización, dirigidas hacia otra u otras que son las víctimas del mobbing y cuyo objetivo esencial es la exclusión definitiva del mercado laboral".
https://www.argentina.gob.ar/denunciar-violencia-laboral
¿Cómo denunciar?
Según el
Ministerio de Trabajo, “las posibles situaciones de acoso laboral sobre los trabajadores pueden ser puestas en conocimiento de dos instancias: ante la Inspección de Trabajo, que en su caso exigirá las correspondientes responsabilidades administrativas al empresario por conductas contrarias a la dignidad de sus trabajadores cometidas en su ámbito de organización y dirección. La segunda posibilidad es ante la Jurisdicción de lo Social, que reconocerá, en tal caso, el derecho del trabajador a las indemnizaciones correspondientes.”
Además estas son los cuatro elementos esenciales: hostigamiento, persecución o violencia psicológica contra una persona o conjunto de personas; carácter intenso de la violencia psicológica, prolongación en el tiempo; y que tenga como finalidad dañar psíquica o moralmente al trabajador, para marginarlo de su entorno laboral.
http://www.iprofesional.com/legales/130154-Denuncio-acoso-laboral-ante-el-Ministerio-de-Trabajo-lo-echaron-y-ahora-deberan-indemnizarlo-con-112000
http://www.diariojudicial.com/nota/11293