viernes, 10 de agosto de 2018

Acoso Laboral

Para la profesora Andrea Mac Donald, el acoso laboral puede definirse como "aquel proceso psicológico sistemático, integrado por la ejecución de una serie de estrategias empleadas por una o varias personas integrantes de una organización, dirigidas hacia otra u otras que son las víctimas del mobbing y cuyo objetivo esencial es la exclusión definitiva del mercado laboral".

https://www.argentina.gob.ar/denunciar-violencia-laboral

¿Cómo denunciar?
Según el Ministerio de Trabajo, “las posibles situaciones de acoso laboral sobre los trabajadores pueden ser puestas en conocimiento de dos instancias: ante la Inspección de Trabajo, que en su caso exigirá las correspondientes responsabilidades administrativas al empresario por conductas contrarias a la dignidad de sus trabajadores cometidas en su ámbito de organización y dirección. La segunda posibilidad es ante la Jurisdicción de lo Social, que reconocerá, en tal caso, el derecho del trabajador a las indemnizaciones correspondientes.”

Además estas son los cuatro elementos esenciales: hostigamiento, persecución o violencia psicológica contra una persona o conjunto de personas; carácter intenso de la violencia psicológica, prolongación en el tiempo; y que tenga como finalidad dañar psíquica o moralmente al trabajador, para marginarlo de su entorno laboral.

http://www.iprofesional.com/legales/130154-Denuncio-acoso-laboral-ante-el-Ministerio-de-Trabajo-lo-echaron-y-ahora-deberan-indemnizarlo-con-112000

http://www.diariojudicial.com/nota/11293



No hay comentarios:

Publicar un comentario